
Qué requisitos básicos necesito para separarme o divorciarme?
Lo más importante es haber transcurrido el plazo de tres meses desde que se contrajo el matrimonio.

Puedo separarme o divorciarme si el matrimonio que contraje fue canónico o religioso?
Si, todo matrimonio contraído en España con forma religiosa (canónico, hebreo, etc…) produce efectos civiles. El divorcio producirá la extinción del matrimonio civil, pero el religioso seguirá subsistente.

Qué sucede si los esposos tienen diferente nacionalidad?
Habrá que determinar en función de su nacionalidad y su residencia, si los Tribunales españoles son competentes para decretar su separación o divorcio. Depende de cada caso concreto.

Qué tipos de procedimiento se separación o divorcio existen?
Son dos, a saber, mutuo acuerdo, o contencioso. El mutuo acuerdo requiere que los esposos pacten su separación o divorcio por medio de mostrar su conformidad a un convenio regulador, que posteriormente es ratificado ante el Juzgado. El contencioso requiere un procedimiento con juicio oral, y concretas peticiones amparadas en pruebas.

Qué diferencia existe entre separación y divorcio?
En cuanto a los efectos que se producen, son prácticamente iguales, con una gran diferencia: la separación sigue manteniendo el vínculo matrimonial entre los esposos, facilitando así una hipotética reconciliación. El divorcio extingue el vínculo matrimonial, facilitando contraer nuevo matrimonio.

Qué documentos necesito para separarme o divorciarme?
Lo más importante es obtener certificaciones literales del matrimonio, así como del nacimiento de los hijos, si los hay. La obtención es gratuita ante los Registros Civiles correspondientes (los datos se consignan en el Libro de Familia).

Que sucede si el matrimonio se contrajo fuera de España?
En tal caso, fue inscrito ante el Consulado o Embajada de España correspondiente, quien trasladó la inscripción al Registro Civil Central, con sede en Madrid, donde deberá solicitarse la partida literal de matrimonio.

Si los esposos están de acuerdo, cuál es el procedimiento?
Una vez recibimos el formulario con sus datos, redactamos un convenio regulador de la separación o divorcio, que les es remitido por correo electrónico en un plazo inferior a 24 horas. Una vez muestran su conformidad a dicho convenio, o el mismo es modificado según sus instrucciones, se les indica el Procurador de su localidad que se hará cargo del asunto. Dicho Procurador les citará para firmar el convenio regulador y recibir documentación, y posteriormente presentará la demanda, les acompañará a su ratificación judicial, y posteriormente les remitirá copia de la sentencia.

A quién debo pagar los honorarios que se indican? Cómo es la forma de pago?
El pago se efectúa directamente al Procurador de su localidad que sea asignado al caso, sin transacciones electrónicas de tipo alguno.

Hay algún gasto más aparte de los indicados?
No, los precios que se indican incluyen honorarios de Abogado, derechos de Procurador e impuestos. No se produce ningún cargo adicional más.

Cuánto tarda en dictarse sentencia?
Por regla general, de un mes a un mes y medio desde la presentación de la demanda. En algunos casos depende del Juzgado en concreto, y, cuando existan menores, del informe del Ministerio Fiscal.

Cuándo interviene el Ministerio Fiscal?
Siempre que existan hijos menores de edad, para asegurarse que lo que pactan los esposos en el convenio regulador protege a los menores en cuanto a guarda y custodia, régimen de visitas y pensión alimenticia.

Qué es la pensión alimenticia?
Es la cantidad que uno de los progenitores debe abonar mensualmente al otro para el sustento, educación, vivienda y demás en relación a los hijos menores, si los hay.

Qué es la pensión compensatoria?
Es una pensión establecida a favor de aquel de los esposos a quien la separación o divorcio produce desequilibrio económico en relación a la posición el otro cónyuge. Depende de diversas circunstancias (patrimonio de cada uno, percepciones mensuales, edad y posibilidades laborales de ambos.. etc.).